El Congreso local aprobó la iniciativa de la diputada Susana Estrada, para dotar de certeza legal a autoridades para proteger los recursos ambientales
Redacción AR
La Comisión de Protección Ambiental y Cambio Climático del Congreso mexiquense aprobó iniciativas presentadas por separado por la diputada morenista Susana Estrada Rojas y el Grupo Parlamentario del PVEM, para incluir la figura de ‘Patrimonio Natural y Biocultural’ en la legislación, y brindar certeza legal para su protección, ampliar el catálogo de espacios naturales protegidos y fortalecer la prevención, conservación y restauración de estas áreas; además de reconocer, conservar y fomentar el uso sostenible de estos recursos.
Al destacar la relevancia de su reforma para modificar el Código para la Biodiversidad estatal, la legisladora Susana Estrada compartió que en la entidad hay 97 áreas naturales protegidas (que abarcan más de 987 mil 500 hectáreas), muchas de las cuales están resguardadas bajo términos genéricos y supuestos, lo cual, aseguró, es insuficiente para proteger la biodiversidad, los ecosistemas y los servicios ambientales.
El documento puntualiza que este “Patrimonio Natural y Biocultural del Estado de México” está constituido por los ecosistemas, paisajes, especies, saberes tradicionales, prácticas culturales y expresiones materiales o inmateriales que, en conjunto, reflejan una relación histórica, ecológica y espiritual entre las comunidades humanas y su entorno.
La reforma armonizará la legislación local con los tratados internacionales y las leyes federales para asegurar un enfoque integral en la protección del medio ambiente, modificando además a la Ley Orgánica de la Administración Pública estatal, indica que las secretarías del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, y de Cultura y Turismo, y los ayuntamientos, que promoverán la gestión comunitaria de este patrimonio, así como la transmisión intergeneracional de los saberes asociados a su conservación.
En tanto que la alteración grave, destrucción o aprovechamiento ilegal consideran apercibimiento, amonestación o multa; clausura temporal o definitiva, total o parcial; arresto administrativo hasta por 36 horas; la incautación de los instrumentos, ejemplares, productos o subproductos directamente relacionados con infracciones relativas a recursos forestales o especies de flora y fauna silvestre; la suspensión o revocación de las concesiones, licencias, permisos o autorizaciones correspondientes o la reparación del daño y deterioro ambiental.