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#Estatal | Expone Infoem “Carta de los derechos de la persona en el entorno digital”

por Gerardo García

Con ella, se busca proteger los derechos de las y los usuarios en entornos digitales.

De acuerdo al Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios la “Carta de los derechos de la persona en el entorno digital” es una guía de acción que pretende que los legisladores, en el marco de su competencia, la retomen para proteger los derechos de las y los usuarios en entornos digitales.

La carta se compone de 9 capítulos y busca hacer que las personas sean conscientes de la protección de sus derechos que no son otra cosa más que los derechos humanos llevados al entorno digital.

El primer capítulo versa sobre la igualdad digital, que busca el acceso universal a Internet, promoviendo igualdad de oportunidades, el segundo capítulo tiene como eje teórico las libertades en el entorno digital, que pone énfasis en el hecho de que todos tenemos derecho a utilizar identidades digitales que protejan nuestra información, a la par de buscar que la información sea cada vez más pública y transparente, de este punto se destaca también, la protección al Derecho a la propiedad intelectual en el entorno digital, que busca que la innovación esté protegida.

El tercer capítulo toca el tema del derecho a la seguridad y a la protección de datos personales; mismos que se encuentran garantizados en el artículo 16 constitucional. Por otro lado, el capítulo cuarto habla sobre el derecho a la participación, a la democracia y al buen gobierno digital; derecho es fundamental, sobre todo en el contexto del proceso electoral que vive México.

El quinto capítulo versa en torno a los derechos laborales, tal como el derecho al teletrabajo, sus beneficios al acortar distancias y la desconexión digital.  En el ámbito de la iniciativa privada ya hay una legislación que favorece la desconexión digital. En el capítulo VI, se exponen los derechos de las personas en situación de vulnerabilidad, buscando que las páginas sean accesibles para personas también en situación de discapacidad, ampliando los derechos de la ciudadanía digital.

El capítulo VII habla sobre los neuroderechos, el Infoem destacó que ninguna otra carta que busca proteger los derechos de las personas en el entorno digital ha considerado este tipo de derechos, puso como ejemplo el reciente logro de la empresa de Elon Musk que pudo conectar un chip cerebral en una persona y explicó cómo ese tipo de avances tecnológicos requieren pensar también en la protección de derechos humanos de las y los usuarios.  El capítulo VIII se enfoca en la ética y la inteligencia artificial, además, expuso que se busca que los algoritmos no generen sesgos con información pública o con recursos públicos, evitando que las y los usuarios sean vulnerables.

Para finalizar, el capítulo IX habla sobre los derechos de las víctimas en el entorno digital, se destaca que el Infoem se ha desarrollado un micrositio para conocer diversas formas de prevención de violencia digital, el cual vincula a las posibles víctimas con las instancias correspondientes de atender este tipo de delitos.

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