La ministra Piña Hernández expuso que al consumir cannabis de forma recreativa, los quejosos no incurrirán en los delitos contra la salud
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) completó los cinco amparos que se requerían para generar jurisprudencia para el uso recreativo de la mariguana.
La ministra Piña Hernández expuso que al consumir cannabis de forma recreativa, no incurrirán en los delitos contra la salud previstos tanto por la propia Ley General de Salud como por el Código Penal Federal.
“La declaratoria de inconstitucionalidad anterior no supone en ningún caso autorización para realizar actos de comercio, suministro o cualquier otro que se refiera a la enajenación y/o distribución de las substancias antes aludidas, en el entendido de que respecto de estos actos no existió solicitud y el ejercicio del derecho al libre desarrollo de la personalidad no debe perjudicar a terceros”, se menciona en la propuesta.
El proyecto se mantuvo en el mismo sentido, tal y como él mismo lo propuso tres años atrás, el 4 de noviembre 2015.