Hace mes y medio, la misma fue aprobada por el pleno de la Legislatura local y en estos días el Ejecutivo estatal la publicó en la Gaceta de Gobierno.
En el Estado de México ya entró en vigor la reforma al Código Penal de la corrección de la “Ley Ingrid” y que integra la iniciativa de “Ley Octavio Ocaña”, para sancionar hasta con ocho años de cárcel la difusión de imágenes de cadáveres, que incrementará a una mitad más cuando sean mujeres o menores de edad.
Hace mes y medio, la misma fue aprobada por el pleno de la Legislatura local y en estos días el Ejecutivo estatal la publicó en la Gaceta de Gobierno.
La normatividad establece de cuatro a ocho años de cárcel, pero si son servidores públicos tres a siete años por difundir, videograbar o hacer públicas fotos de víctimas y que vulneren la paz y privacidad de sus familias.
Además, aplicará a quienes sin tratarse de programas preventivos, educativos o informativos que diseñen e impartan instituciones públicas o privadas que tengan por objeto la educación, realice actos de difusión, entrega, publicación, transmisión o distribución, videograbación, reproducción, exposición, filmación, fotografía.
Así como que compartan u oferten, intercambien las imágenes relacionadas con cadáveres de personas, causando menoscabo en la dignidad, el honor o la intimidad de la víctima o la seguridad, paz y privacidad de los familiares.
Aunque, la reforma al Código Penal observa que cuando el sujeto pasivo de este delito sean mujeres, niñas, niños, adolescentes o personas en situación de vulnerabilidad, la pena se incrementará hasta en una mitad más de la que le corresponda.