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Morena reunirá firmas contra el municipio 12, pero el referéndum todavía no está garantizado

por Abigail Aguilar

Morena en Aguascalientes anunció que comenzará a reunir firmas para solicitar un referéndum contra la creación de Villa Juárez como el municipio número 12 del estado.

La iniciativa abre una nueva etapa en la disputa política y social que rodea la separación territorial de Asientos. Sin embargo, instalar mesas, recibir firmas o anunciar públicamente el procedimiento no significa que el referéndum ya haya sido autorizado ni que la municipalización quede suspendida.

Antes de llegar a las urnas, la solicitud tendrá que superar requisitos jurídicos que dependen de una cuestión fundamental: cuál parte del decreto pretende combatir Morena.

Villa Juárez ya fue aprobada como municipio

El Congreso de Aguascalientes aprobó el 28 de agosto la creación de Villa Juárez con 19 votos a favor y siete en contra.

La decisión reformó el artículo 9 de la Constitución Política del Estado, donde se enumera la división municipal de Aguascalientes. En consecuencia, el territorio pasó a formar parte de la organización constitucional del estado como su municipio número 12.

El decreto también contempla una transición administrativa. Asientos continuará prestando temporalmente los servicios públicos mientras Villa Juárez construye su propia administración y se integra el Ayuntamiento que deberá gobernarlo.

Morena busca ahora revertir una decisión que ya fue aprobada. Esto diferencia su propuesta de una consulta previa: el objetivo no es preguntar si el municipio debe crearse, sino intentar que una norma vigente sea rechazada mediante un mecanismo de participación ciudadana.

Qué es realmente un referéndum

La Ley de Participación Ciudadana del Estado define el referéndum como el instrumento que permite someter al voto ciudadano la creación, modificación, derogación o eliminación de normas constitucionales, leyes y disposiciones generales.

El mecanismo puede ser solicitado por una tercera parte de los diputados, por la persona titular del Poder Ejecutivo o por la ciudadanía cuando reúna el porcentaje de respaldo establecido.

En este caso, Morena anunció que recurrirá a la vía ciudadana mediante una campaña de recolección de firmas.

Pero las firmas no se entregan solamente para expresar inconformidad. Deben cumplir los formatos, datos, plazos y condiciones que revise el Instituto Estatal Electoral.

La solicitud tiene que identificar la norma que se pretende someter a votación, explicar los motivos, incluir los datos electorales de las personas promoventes y presentarse dentro de los 30 días hábiles posteriores a la publicación oficial de la disposición.

El IEE deberá analizar posteriormente si la petición cumple los requisitos y si el asunto puede someterse a referéndum.

¿Se necesita 2% o 10% del padrón?

Esta es una de las preguntas que el anuncio de Morena todavía no responde.

Para un referéndum relacionado con una ley estatal, la legislación exige firmas equivalentes a por lo menos 2% del padrón electoral del estado.

Sin embargo, la creación de Villa Juárez incluyó una modificación a la Constitución de Aguascalientes. Cuando se pretende someter una norma constitucional a referéndum, el requisito aumenta a 10% del padrón estatal.

Además, las personas solicitantes deben tener residencia en al menos la mitad más uno de los municipios de Aguascalientes.

Por eso, recolectar firmas solamente entre habitantes de Asientos podría no ser suficiente. Si la solicitud se dirige contra la reforma constitucional, el respaldo tendría que distribuirse en buena parte del territorio estatal.

La autoridad que deberá determinar el requisito aplicable es el Instituto Estatal Electoral, a partir del documento que finalmente presente el grupo promovente.

La Ley Municipal no puede someterse a referéndum

El procedimiento enfrenta otra interrogante.

La propia Ley de Participación Ciudadana excluye expresamente del referéndum a la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes y a los ordenamientos relacionados con el funcionamiento interno y administrativo de los ayuntamientos.

Esto obliga a Morena a delimitar con precisión qué disposición pretende llevar a las urnas.

Si la solicitud se dirige contra la reforma constitucional, deberá cumplir los requisitos especiales correspondientes. Si pretende combatir modificaciones de la Ley Municipal, podría enfrentarse a una prohibición expresa.

No puede afirmarse anticipadamente que el referéndum será admitido o rechazado. Esa valoración deberá hacerla formalmente el IEE y podría ser revisada por los tribunales electorales si alguna de las partes presenta una impugnación.

Ganar entre quienes voten podría no ser suficiente

Superar la etapa de las firmas tampoco garantiza que el resultado de una eventual consulta sea obligatorio.

Para los referéndums ordinarios, la legislación exige la participación de por lo menos 40% del padrón de la circunscripción correspondiente para que el resultado sea vinculante.

En el caso de normas constitucionales, la condición es todavía más elevada: la opción que pretenda producir el cambio debe recibir el respaldo de al menos 50% más uno de las personas inscritas en el padrón.

Esto significa que no bastaría necesariamente con obtener más votos que la opción contraria. También tendría que alcanzarse el umbral calculado sobre la totalidad del padrón.

La diferencia es importante. Una campaña puede ganar entre quienes acudan a las urnas y, aun así, no generar consecuencias obligatorias si la participación resulta insuficiente.

El municipio no queda suspendido por recolectar firmas

Hasta ahora, Morena ha anunciado una campaña política y ciudadana. La recolección de firmas no suspende automáticamente la reforma constitucional ni detiene el proceso de transición de Villa Juárez.

Para que exista un cambio tendrían que ocurrir diferentes etapas: la presentación formal de la solicitud, su admisión por el IEE, la organización de la votación, el cumplimiento de los porcentajes de participación, la resolución de posibles impugnaciones y la publicación de los resultados definitivos.

Si el resultado fuera derogatorio y cumpliera los requisitos para ser vinculante, la ley establece que la autoridad responsable tendría que emitir el decreto correspondiente.

Mientras eso no suceda, Villa Juárez conserva jurídicamente la condición aprobada por el Congreso y las autoridades deben continuar con las disposiciones transitorias.

La discusión también debe incluir a Asientos y Villa Juárez

El mecanismo jurídico no elimina el debate de fondo.

Quienes rechazan la municipalización advierten sobre la distribución de recursos, la capacidad financiera de los dos municipios, la transferencia de trabajadores y bienes, y la continuidad de los servicios públicos.

Quienes la respaldan sostienen que Villa Juárez necesita autoridades más cercanas y capacidad propia para decidir cómo administrar sus recursos.

Un referéndum podría abrir un espacio para que la ciudadanía se pronuncie. Pero para que la participación sea informada tendría que conocerse el costo de la separación, el presupuesto proyectado para cada municipio, la distribución territorial, las obligaciones financieras y la capacidad operativa que conservará Asientos.

Hasta ahora, gran parte de la discusión se ha concentrado en partidos, votos legislativos y acusaciones políticas.

El anuncio de Morena no revierte el municipio 12, pero obliga a aclarar si existe una vía jurídica efectiva para consultar a la ciudadanía. La respuesta dependerá de la solicitud formal, de la interpretación del IEE y del cumplimiento de umbrales que son especialmente exigentes cuando se trata de modificar la Constitución.

El debate ya salió del Congreso. Para convertirse en una decisión ciudadana vinculante tendrá que recorrer completo el camino que establece la ley.

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