La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la constitucionalidad de la norma que permite a madres y padres de militares fallecidos acceder a una pensión, siempre que acrediten dependencia económica respecto de su hija o hijo.
La resolución sobre pensión militares SCJN fue analizada por el Pleno a través del Amparo en Revisión 398/2025, donde se discutió el alcance de este derecho dentro del sistema de seguridad social militar.
Además, la Corte determinó que los progenitores pueden ser reconocidos como beneficiarios junto con viudas, viudos, concubinas, concubinos o hijos, siempre que exista prueba de dependencia económica real.
Por un lado, la decisión busca reconocer distintas dinámicas familiares y económicas que pueden existir dentro de los hogares mexicanos.
También fortalece protección social para personas adultas mayores que dependían económicamente de familiares integrantes de las fuerzas armadas.
Asimismo, la SCJN sostuvo que exigir acreditación de dependencia económica no constituye discriminación ni vulnera el derecho a la igualdad.
La Corte consideró que la medida no niega automáticamente el acceso al beneficio, sino que establece condiciones objetivas para garantizar que la pensión llegue a quienes realmente dependían del ingreso de la persona fallecida.
Sin embargo, especialistas señalan que los procesos para acreditar dependencia económica suelen representar retos administrativos y probatorios para muchas familias.
Además, el caso vuelve a poner sobre la mesa la importancia de actualizar sistemas de seguridad social frente a realidades familiares cada vez más diversas.
La resolución sobre pensión militares SCJN refleja cómo el máximo tribunal continúa definiendo criterios relacionados con igualdad, seguridad social y derechos familiares.
El desafío será garantizar que estos derechos puedan ejercerse de manera accesible y sin obstáculos excesivos para las familias.