La reforma al Código Penal para sancionar la apología al delito en el Estado de Michoacán, se refiere a la exaltación, glorificación o defensa de actos criminales o de quienes los cometen, y no atenta a la libertad de expresión de los periodistas, señaló César Ocegueda, consejero jurídico de Michoacán.
Fue en Casa Michoacán, acompañado del gobernador Alfredo Ramírez Bedolla, donde el consejero explicó que la reforma, no pretende restringir la expresión de ideologías o creencias, sino sancionar la aprobación pública de conductas delictivas cuando representen una amenaza real para el orden en el Estado.
“La regulación de la apología del delito no debe interpretarse como una medida que coarte la libertad de expresión ni la labor periodística, sino es un mecanismo para evitar la normalización y legitimación de conductas delictivas que afectan a la estabilidad social”, dictó.
Ocegueda dejó claro que con esta reforma aprobada desde el Congreso del Estado, a quién haga apología del delito, se le impondrán de tres a seis meses de prisión y una multa. Misma sanción que se impondrá a quien por medio de mantas, cartas, volantes, imágenes o cualquier otro medio, hagan alusión o promoción de grupos delictivos o de delincuentes.
“Esta reforma no criminaliza el ejercicio periodístico, sólo serán sujetos de este delito aquellos que incentiven la criminalidad, lo cual no ocurre con el periodismo porque su propósito es informar, generar conciencia y contribuir al bienestar social”, resaltó.