- Con esta resolución y los próximos análisis sobre el tema, la Primera Sala de la SCJN continúa desempeñando un papel fundamental en la discusión y avance de los derechos reproductivos de las mujeres en México
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que cualquier mujer, por el solo hecho de ser mujer, puede tramitar un amparo en contra de los artículos que penalizan el aborto en su entidad, sin necesidad de estar embarazada. Esta decisión marca un importante paso hacia la despenalización de la interrupción del embarazo en todo el país, ya que elimina la necesidad de que los Congresos locales regulen esta conducta.
La resolución, basada en el proyecto elaborado por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, abordó la contradicción de criterios 412/2022, en relación a si la simple calidad de ser mujer es suficiente para reconocer el interés legítimo para impugnar normas penales que consideren al aborto como un delito, sin la condición de estar embarazada o de haberle sido negado ese derecho. La mayoría de los votos estableció que las normas que penalizan el aborto pueden limitar el acceso de las mujeres a una adecuada protección de sus derechos, a la autonomía de la vida reproductiva, a la no discriminación, a la salud y a la integridad personal.
Es importante destacar que esta resolución representa un cambio en la postura de la Primera Sala, ya que en junio de 2016 desechó por mayoría un proyecto del ministro Arturo Zaldívar que consideraba la inconstitucionalidad del tipo penal del aborto. En aquella ocasión, se rechazó un amparo presentado por una mujer a quien se le negó la interrupción de su embarazo.
La próxima semana, la Primera Sala también analizará un proyecto relacionado con un amparo presentado por diversas organizaciones en contra de la penalización del aborto en el estado de Aguascalientes. En este caso, el ministro ponente, Juan Luis González Alcántara Carrancá, reconoce la legitimación de las quejosas y propone eliminar las sanciones establecidas en el Código Penal de la entidad en relación a esta conducta.