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El 1 de junio esto deberán hacer las empresas que pretendan reabrir

por ALBERTO DZIB

Autoridades sanitarias llaman a la autorregulación y a los trabajadores a la denuncia en caso de que las medidas no se cumplan y su salud esté en riesgo

Este 1 de junio en México con el denominado inicio de la nueva normalidad, las empresas vinculadas con los sectores de la industria del transporte, construcción y minera, podrán reanudar actividades, pero para hacerlo deberán apegarse a la disposición de retorno escalonado, ordenado y cauto, lo cual implica la implementación de una serie de lineamientos, cuyo cumplimiento podrán verificar tanto autoridades como trabajadores.

De inicio las empresas con intención de volver a la actividad productiva desde este lunes, deben estar inscritas en la plataforma “Nueva Normalidad” que hasta este viernes de acuerdo con el director del IMSS, Zoé Robledo, registra 15 mil 398 solicitudes de empresas de dichos sectores, además de cumplir con el protocolo de seguridad sanitaria establecido por las autoridades federales.

Con base en los Lineamientos Técnicos de Seguridad Sanitaria en el Entorno Laboral el protocolo consta de tres medidas de protección de la salud referentes a Sana Distancia, Control de Ingreso-egreso y Medidas de prevención de contagios en la empresa.

Sana Distancia: En este rubro se subraya en principio que en caso de presentar síntomas de alguna enfermedad respiratoria lo recomendable es permanecer en casa y en segundo lugar ante el retorno a la actividad, modificar los hábitos en el trabajo, es decir, mantener una distancia de 1.5 metros entre trabajadores y adecuar los espacios de trabajo para reducir la densidad por lo que se recomienda alternar horarios e incrementar los vehículos para el transporte de personal.

Control de Ingreso-egreso: En la aplicación de esta medida se contemplan trabajadores, clientes y proveedores, y su desarrollo consta del establecimiento de filtros para la detección de personas con infección respiratoria y personas con temperatura mayor a los 37.5 °C, a fin de aislarlos, dotarlos de cubrebocas y remitirlos a su domicilio o servicio médico.

Además es necesario proporcionar gel antibacterial con base de 70% e alcohol, verificar el uso apropiado de cubrebocas, establecer divisiones para la entrada y salida del personal y de ser posible implementar tapetes desinfectantes.

Medidas de prevención de Contagios en la Empresa: La tercera medida tiene que ver con la aplicación de acciones para evitar contagios en los centros de producción y se refiere centralmente a la proveeduría de dispensadores de gel antibacterial, cubrebocas, lentes o caretas para trabajadores, depósitos suficientes de desechos, lavamanos en condiciones adecuadas y establecer un programa permanente de limpieza en los espacios de trabajo.

El titular del IMSS, explicó este viernes que las empresas con solicitud registrada hasta ahora para el retorno a la actividad han declarado cumplir con los protocolos en los que se invita a asumir una actitud de autorregulación, sin embargo, se llama a los trabajadores a que en caso de detectar fallas en su aplicación que puedan poner en riesgo la salud se realice la denuncia correspondiente.

“Nosotros confiamos que todas las empresas han hecho esto y están listas y están preparadas y les creemos y también les pedimos a los trabajadores que en caso de que esto no lo vean, lo notifiquen porque lo más importante es la seguridad y la salud e los trabajadores en el entorno laboral”.

En caso de que las empresas no cumplan con estos lineamientos se establece que la sanción será la clausura del centro de trabajo por arriesgar la salud de los colaboradores.

Es de señalar que para actividades productivas distintas a las de transporte, construcción o monería, invariablemente deberán apegarse al comportamiento del Semáforo de Contagios y podrán reactivarse según su sector a partir de que el color se ubique en naranja.

Alberto Dzib

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