La acción podrá argumentarse sólo por parte del cónyuge agraviado dentro de un período de un año desde que cesó la misma.
En el Estado de México ya entró en vigor la ley que permite la anulación del matrimonio por violencia, en el que se prevé un plazo de 60 a 365 días para ejercerlo. Y la conducta se considerará hasta que haya subsistido al tiempo de celebrarse el matrimonio o previo al mismo.
No sólo proteger a la víctima, sino a parientes en línea recta, sin limitación de grado o sus colaterales dentro del segundo grado.
La acción podrá argumentarse sólo por parte del cónyuge agraviado dentro de un período de un año desde que cesó la misma.
Además que cuando la violencia subsista al momento de demandar el procedimiento la juez dictará de manera oficiosa las medidas de protección contra la violencia familiar.