En el caso de Michoacán, el recurso corresponderá a una cifra cercana a los 470 millones de pesos
En seguimiento a la firma de convenio que se realizó en días pasados, que da origen al “Componente Indígena” en el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS), el secretario de Gobierno de Michoacán, Carlos Torres Piña, compartió los detalles del “Referente Indígena”.
Este componente destinará el 10% del recurso del FAIS a la infraestructura social tanto estatal como municipal, lo que representa poco más de 14 mil millones de pesos a nivel nacional.
En el caso de Michoacán, el recurso corresponderá a una cifra cercana a los 470 millones de pesos, que se distribuirán entre 344 comunidades, siguiendo el orden del 20% de este monto igual para todas las comunidades, 50% con base en el criterio poblacional y 30% para el rezago social.
Con la firma del decreto presidencial, realizada por la doctora Claudia Sheinbaum Pardo, jefa del Ejecutivo Federal, se crea la Comisión Presidencial de Planes de Justicia y Desarrollo de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, con el fin de diseñar, acordar, coordinar, implementar y evaluar los planes de justicia y desarrollo regional. A su vez, con esto se espera garantizar el ejercicio de los derechos indígenas y afromexicanos, según explicó el secretario.
En particular, se atenderán diversos puntos, como son la Autonomía, Gobierno y Jurisdicción indígena, también Patrimonio Cultural, Lenguas y Lugares Sagrados, Salud y Medicina Tradicional, Infraestructura Social, tierras, territorios, recursos, educación indígena intercultural, desarrollo, economía y producción, vías de comunicación artesanales, radio y telecomunicaciones.
Torres Piña destacó que también ahora es constitucional el derecho al autogobierno en Michoacán, lo que incluye variantes como la creación del cuarto orden de gobierno, la incorporación de la Asamblea como la máxima autoridad comunal, el reconocimiento de la faena como aportación al gobierno comunal, el reconocimiento de las kuarichas, el presupuesto directo estatal y la participación de las comunidades del autogobierno en los procesos de reforma constitucional local.