La reforma pretende fortalecer la austeridad y la eficiencia en el gasto público, garantizar remuneraciones justas y adecuar la integración de los órganos de gobierno
Redacción JB
La Diputación Permanente del Congreso mexiquense declaró aprobada la minuta de proyecto de decreto que incorpora a la Constitución local disposiciones orientadas a fortalecer la austeridad y la eficiencia en el gasto público, garantizar remuneraciones justas y adecuar la integración de los órganos de gobierno en los ámbitos legislativo y municipal. De igual manera, contempla la reconfiguración de las etapas del proceso electoral, así como la prohibición del nepotismo y de la reelección consecutiva.
Cambios en el proceso Electoral:
Entre los principales cambios aprobados, la reforma adelantará el inicio del proceso electoral de enero a septiembre y establece que el presupuesto anual del Congreso mexiquense no podrá exceder el 0.70 por ciento del Presupuesto de Egresos de la entidad correspondiente.
Nueva Integración de Ayuntamientos:
Asimismo, determina que los ayuntamientos estarán integrados por una persona titular de la presidencia municipal, una sindicatura y hasta 15 regidurías, cuyo número se definirá en función directa de la población de cada municipio, conforme a los principios de paridad de género vertical y horizontal, perspectiva de género e igualdad sustantiva.
De acuerdo con las modificaciones, las diputaciones no podrán reelegirse para el periodo inmediato posterior al ejercicio de su mandato; pero las personas legisladoras suplentes podrían ser electas para el periodo inmediato con el carácter de propietarias.
Asimismo, en ningún caso podrán participar en la elección de una diputación las personas que tengan o hayan tenido, en los últimos tres años anteriores al día de la elección, un vínculo de matrimonio, concubinato o de parentesco por consanguinidad o civil con la persona que esté ejerciendo la titularidad de la diputación.
En el caso de las presidencias municipales, regidurías y sindicaturas, las personas que ocupen estos cargos no podrán reelegirse para el mismo puesto en el periodo inmediato posterior a la conclusión de su mandato.
Limites al gasto y remuneraciones:
Por otro lado, la reforma establece que ninguna persona servidora pública podrá percibir una remuneración superior a la asignada a la persona titular del Poder Ejecutivo estatal en el presupuesto correspondiente.
Finalmente, especifica que las remuneraciones de consejerías y magistraturas electorales, secretarías de órganos administrativos, titulares de áreas ejecutivas, técnicas no excederán este límite constitucional.